Ratificó el juez que Julio César López Márquez fue destituido de forma legítima, soberana y autónoma por la mayoría de la XV Legislatura
La Paz, Baja California Sur.- Rigoberto González Ochoa, Juez Primero de Distrito, negó suspender la destitución de Julio César López Márquez, extitular de la Auditoría Superior del Estado (ASE), por “imposibilidad jurídica” de entrometerse en las decisiones del Congreso de Baja California Sur (BCS).
Dentro del incidente de suspensión 300/2020, se da cuenta de la audiencia incidental realizada el pasado 13 de mayo con respecto al juicio de amparo, que promovió contra dicho acto que atribuyó al Gobernador, Carlos Mendoza Davis y “otras autoridades”, como diputados.
El jurista toma en cuenta, de acuerdo al documento, que otorgar la suspensión definitiva causaría perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones del orden público, ya que la destitución constituye una potestad “soberana” del Congreso.
“Relativas al funcionamiento interno de dicho órgano, que se vinculan únicamente con la designación del Auditor Superior del Estado de Baja California Sur; de donde deriva que no es posible jurídicamente dar a la suspensión el efecto restitutorio pretendido”, señala el juez.
“Así se estarían afectando decisiones asumidas por el Congreso Estatal en ejercicio de su soberanía, en un ámbito interno, imposibilidad jurídica consistente en que no resulta constitucional, ni jurídicamente válida la intromisión del Poder Judicial de la Federación”, expuso.
Esto redundaría en violaciones formales contra las decisiones asumidas por el Pleno de la XV Legislatura, ya que hubo una mayoría que firmó el acta del 6 de marzo del año en curso, sesión privada extraordinaria convocada en que se destituyó a López Márquez.
“En virtud de contarse con la presencia de trece de los veintiún integrantes de la Legislatura”, reconoció el juez.
Consideró que no es cierto que el gobernador, Carlos Mendoza, haya publicado algún documento donde se señale su destitución, así como el nombramiento de otro auditor; esto se desprende en el informe previo del juicio de amparo promovido por López Márquez.
“Así lo manifestó al rendir su informe previo, sin que la parte quejosa aportara prueba idónea tendente a desvirtuar tal negativa, por lo que es procedente negar la suspensión definitiva solicitada”, señala el juez.
El exauditor pidió tomar en cuenta el “acto discrecional y soberano” emitido por la entonces presidenta de la diputación permanente, Elizabeth Rocha Torres del Partido Acción Nacional (PAN), en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado; hoy se encuentra suspendida de funciones, por el conflicto derivado del desconocimiento de diversas destituciones por 13 diputados.
En sus considerandos, reconoció a María Mercedes Maciel Ortiz, María Petra Juarez Maceda, Esteban Ojeda Ramírez, Héctor Manuel Ortega Pillado Carlos José Van Wormer Ruiz, Ramiro Ruiz Flores, Homero González Medrano, Soledad Saldaña Bañales, María Rosalba Rodríguez López, Humberto Arce Cordero, Sandra Guadalupe Moreno Vázquez y Marcelo Armenta, en su carácter de diputados del Congreso.
Al rendir su informe previo, los diputados respondieron al juicio señalando que la destitución no fue por cada uno de ellos en lo particular, sino que en sesión del 6 de marzo del año en curso, se destituyó al quejoso en el cargo de Auditor Superior del Estado de Baja California Sur, de la cual remitió copia del acta certificada.