• El juzgado otorgó suspensiones definitivas a seis empresas que impugnaron el acuerdo del Cenace
Ciudad de México. Una decisión del juzgado primero de
distrito en materia administrativa, especializado en competencia económica,
radiodifusión y telecomunicaciones, frenó por tiempo indefinido el
acuerdo por el cual el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace)
había detenido la puesta en marcha de nuevas plantas de energía renovable
en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN).
El juzgado otorgó suspensiones definitivas a
seis empresas que impugnaron el acuerdo del Cenace. Las resoluciones del juez
Rodrigo de la Peza, titular de dicho juzgado, frenan la entrada en vigor
del acuerdo que el órgano regulador publicó el pasado 29 de abril en el Diario
Oficial de la Federación (DOF).
El gobierno federal puede impugnar las
suspensiones definitivas, pero el fallo de los recursos puede tardar meses y
mientras tanto la medida cautelar estará vigente hasta que se resuelva de fondo
el juicio de amparo que promovieron las empresas.
De acuerdo con la resolución judicial,
mientras todo eso ocurre las cosas permanecerán en el estado en el que se
encuentran.
La semana pasada el impartidor de justicia
concedió recursos provisionales a los quejosos contra el acuerdo del Cenace.
Entre los actos que reclamaba una de las
empresas, de las que se reservó el nombre, son las órdenes y confirmaciones
verbales de los días 3, 4, 6, 7 y 10 de mayo pasado, relativas a la reducción,
limitación y restricción de la capacidad de generación de energía de sus
centrales eléctricas.
Además, en su momento el juez admitió a
trámite y ordenó la acumulación de otros juicios de amparo promovidos por otras
empresas, a las que también les concedió suspensiones provisionales y ahora
definitivas, en tanto el juez resuelve si les otorga o no el amparo
definitivo.
Cuando concedió los recursos provisionales,
Rodrigo de la Peza argumentó que el acuerdo del Cenace representa un retroceso
en la transición energética del país, además de que vulnera los derechos a la
libre competencia económica, acceso a la salud y medio ambiente sano.
Sostuvo que sería “muy grave” para la
sociedad la paralización o el retraso en la operación de las plantas de energía
limpia, pues ello alteraría el funcionamiento del mercado en términos de libre
competencia económica.
El juez federal agregó que no hay evidencia
de que el Cenace evaluará el impacto ambiental de su decisión, lo que es
contrario al principio de precaución para evitar afectaciones al medio
ambiente.
El pasado 29 de abril el Cenace dio a conocer
el Acuerdo para garantizar la Eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad y
Seguridad del Sistema Eléctrico Nacional, con motivo del reconocimiento de la
epidemia de Covid-19.
De acuerdo con el documento, el gobierno
federal considera que la generación intermitente de las centrales eléctricas
eólicas y fotovoltaicas afecta la confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional
en suficiencia, calidad y continuidad al sistema eléctrico, por lo que durante
la pandemia las plantas fósiles (como termoeléctricas) tendrán prioridad para
despachar energía.
Además, uno de los apartados establece
que desde el 3 de mayo, las plantas generadoras que sean eólicas o solares
que estén listas para operar no podrán hacerlo hasta nuevo aviso.