• Se confirman como actividades esenciales las industrias de la construcción, minera y automotriz, por lo cual podrán reiniciar trabajos el 1 de junio.
Ciudad de México. Con su publicación en el Diario Oficial
de la Federación (DOF), entra en vigor el acuerdo que establece la estrategia
para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, que el
gobierno ha llamado "nueva normalida", en el contexto de la
emergencia sanitaria por la expansión del coronavirus.
Con base en el resolutivo del Consejo de
Salubridad General, del pasado martes 12 de mayo, se confirman como actividades
esenciales las industrias de la construcción, minera y automotriz, por lo cual
podrán reiniciar trabajos el 1 de junio.
Igualmente se oficializa el sistema de
“semáforo por regiones” para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico
relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa.
El acuerdo - firmado por el secretario de
Salud, Jorge Alcocer Varela- estará vigente hasta en tanto se declare terminada
la contingencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2.
Como se informó esta semana, las autoridades
de Salud elaboraron un semáforo por regiones, el cual detalla las actividades
permitidas a partir del 1 de junio, acorde con los colores rojo, naranja,
amarillo y verde, así como las actividades correspondientes a cada color.
El objetivo es contar con una estrategia y
evaluación semanal del riesgo epidemiológico, y fijar los pasos para la reapertura
de actividades “gradual, ordenada y cauta”, al tiempo de establecer acciones
extraordinarias adicionales.
El Acuerdo del Consejo de Salubridad contiene
cinco artículos.
La etapa uno inicia el 18 de mayo con la
reapertura de actividades en municipios en los que no se hubieran presentado
casos de Covid-19, y que además no tengan vecindad con municipios con registro
de enfermos.
La segunda etapa será del 18 al 31 de mayo y
consiste en la preparación para la reapertura de actividades en general.
Por ejemplo, la elaboración de protocolos
sanitarios para el reinicio seguro de actividades; capacitación de personal
para seguridad en el ambiente laboral; readecuación de espacios y procesos
productivos, así como la implementación de filtros de ingreso, sanitización e
higiene del espacio laboral, entre otras que
determine la Secretaría de Salud.
La etapa 3 - al término de la Jornada
Nacional de Sana Distancia- inicia el 1 de junio del 2020, conforme al sistema
de semáforo por regiones para la reapertura de actividades sociales, educativas
y económicas.
El semáforo establece mediante colores las
medidas de seguridad sanitaria apropiadas para las actividades laborales,
educativas y el uso del espacio público, entre otros.
Como acción extraordinaria se establece que
las actividades de la industria de la construcción, la minería y la referente a
la fabricación de equipo de transporte serán consideradas como actividades
esenciales.
Las empresas que se dediquen a las
actividades mencionadas podrán iniciar labores el 1 de junio de 2020.
Del 18 al 31 de mayo de 2020 las empresas en
referencia implementarán los lineamientos de seguridad sanitaria en el entorno
laboral, que publique la Secretaría de Salud, en coordinación con las
secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, así como con el
Instituto Mexicano del Seguro Social.
El quinto artículo del Acuerdo señala que en
los municipios en los cuales, al 18 de mayo del 2020, no se hubieran presentado
casos de Covid-19 y que, además, no tengan vecindad con municipios con casos de
Covid-19, podrán reanudar las actividades escolares, la movilización en
espacios públicos, cerrados o abiertos, así como las actividades laborales,
esenciales y no esenciales, de su población.
La Secretaría de Salud, a más tardar el día
17 de mayo del 2020, mediante un comunicado técnico que se publicará en la
página www.salud.gob.mx, dará a conocer cuáles son los municipios
que podrán retomar actividades.
Esta dependencia, en coordinación con las
autoridades sanitarias de las entidades federativas, establecerán medidas de
prevención y control de Covid-19 específicas para estos municipios.
En los ayuntamientos con población indígena
se deberá poner en práctica la "Guía para la atención de pueblos y
comunidades indígenas y afromexicanas ante la emergencia sanitaria generada por
el virus SARS-CoV2".