“De inmediato” piden que trabajen de manera conjunta y dictan las suspensiones dentro de las controversias constitucionales 63/2020 y 64/2020 interpuestas por el Congreso, tras la negativa a publicar sus acuerdos y además a depositar su presupuesto en las cuentas nuevas aprobadas, como una evidente obstaculización y violación a su soberanía, que analizó el Alto Tribunal
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La Paz, Baja California Sur.- El día de ayer miércoles 29 de abril, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó “de inmediato” al Gobernador de Baja California Sur (BCS), Carlos Mendoza Davis y el Secretario de Finanzas y Administración, Isidro Jordán Moyrón, a publicar los decretos del Congreso y depositar debidamente sus recursos.
Así dictan las suspensiones dentro de las controversias constitucionales 63/2020 y 64/2020 interpuestas por el Congreso, tras la negativa a publicar sus acuerdos y además a depositar su presupuesto en las cuentas nuevas aprobadas, como una evidente obstaculización y violación a su soberanía, que analizó el Alto Tribunal.
En la controversia 63/2020, los diputados usaron como prueba el mensaje del gobernador, del pasado 6 de abril, difundido en Facebook, Twitter y YouTube, para anunciar su “decisión de no ordenar” publicar en el Boletín Oficial, ningún decreto, ley o acuerdo aprobado por el Congreso.
La SCJN consideró que las atribuciones que se tomó Carlos Mendoza Davis al condicionar su publicación son “constitucionalmente inexistentes”, por lo que fueron suspendidas; lo apercibió a dar respuesta a la demanda con documentos probatorios en un plazo no mayor de 30 días.
De no hacerlo, las notificaciones siguientes se realizarán “por lista” hasta que cumpla y de no hacerlo, se aplicará una multa.
En la controversia 64/2020, se ordenó además al Gobernador y a Isidro Jordán Moyrón, secretario de Finanzas y Administración (Secfin), abstenerse de “retener, emitir, y en su caso, ejecutar” cualquier orden que tenga como finalidad “interrumpir, afectar o suspender” la entrega del presupuesto del Congreso, para salvaguardar la función legislativa.
Ambos deberán también contestar con su versión y pruebas sobre los actos impugnados, en un plazo de 30 días hábiles; apercibidos que, si no lo hacen, las notificaciones subsecuentes se realizarán “por lista”, hasta en tanto cumplan.
El Alto Tribunal además, dijo que las suspensiones provisionales 289/2020 y 302/2020 otorgadas por el Juez Primero de Distrito, Rigoberto González Ochoa, para María Francisca Covarrubias Sánchez, exdirectora de Finanzas y para Luis Martín Aguilar Flores, como presunto oficial mayor, no son ningún impedimento para depositar el recurso.
“De ninguna manera impide que el Ejecutivo el Estado cumpla el mandato contenido en el artículo 77, de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado […] autorizando las transferencias y entregando al Poder Legislativo […] los recursos asignados en el presupuesto”, señala la suspensión.
Terminados los plazos de contestación, la SCJN revisará el fondo de ambos juicios del Congreso y dará un resolutivo, mientras tanto, el Gobierno de BCS deberá publicar sus acuerdos, leyes y decretos y además, depositar su presupuesto adecuadamente.