Seguirá funcionando el Registro Civil por cumplir funciones esenciales para atender estos asuntos, decretó el gobernador, Carlos Mendoza Davis
La Paz, Baja California Sur
Carlos Mendoza Davis, gobernador de Baja California Sur (BCS) decretó la gratuidad de las actas de defunción por COVID-19 en el Registro Civil, así como cualquier orden de incineración o exhumación durante la emergencia sanitaria COVID-19.
Mediante Boletín Oficial del Gobierno del Estado (BOGE) publicado el 27 de abril de 2020, decretó que dicha dependencia cumple “funciones esenciales”, por lo que deberá mantenerse operando para cumplir los requerimientos de la población, con medidas de protección.
“Se decreta la gratuidad en la inscripción de la defunción ante el registro civil con motivo o derivada del virus SARS-CoV2 (COVID-19), así como la expedición del acta respectiva y de cualquier tipo de orden de incineración o inhumación que corresponda”, inscribió Carlos Mendoza.
Para registrar la defunción con motivo o derivada del coronavirus, deberán ser tomados en cuenta los siguientes requisitos:
1. Certificado de defunción que expide la Secretaría de Salud
2. Copia de identificación de la persona fallecida y/o CURP
3. Identificación oficial del declarante y/o CURP
4. Informe en formato libre que emitan las autoridades encargadas del manejo de los cadáveres, que acredite que se realizó un examen externo del cadáver (por las circunstancias no una necropsia), que se cuenta con una fotografía del rostro, rasgos individualizantes, así como datos biométricos (huellas digitales, muestras genéticas con las debidas precauciones) y demás información de conformidad con los lineamientos que dicte la Secretaría de Salud al respecto.
Y que, ante cualquier duda de la causa de muerte, deberá hacerse el trámite de manera ordinaria.
Instruyó el gobernador a las secretarías de Finanzas y Administración y de Salud, a coordinar la relación entre el Registro Civil y los hospitales de reconversión COVID-19 del Sector Salud, a nivel estatal y federal.
“SSA Federal, estatal, del IMSS, del ISSSTE, del INSABI, de la SEDENA y de la SEMAR, a efecto de que los registros de defunción se expidan en el menor tiempo posible”, pidió el gobernador.
Se instruyó a Victor George Flores, secretario de Salud, para establecer un “mecanismo de coordinación” con la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), que garantice la velocidad en los trámites para las defunciones fuera de centros hospitalarios.
“Que tanto los certificados, actas de defunción y órdenes de incineración e inhumación que correspondan, para aquellas defunciones fuera de centros hospitalarios o clínicas, y para personas fallecidas no identificadas o identificadas no reclamadas, se realicen con la mayor eficacia y eficiencia”, advirtió.
Estableció que la Secretaría de Finanzas y Administración (Secfin) deberá garantizar que todas las oficialías del Registro Civil cuenten con insumos necesarios, personal, equipo tecnológico y digital para brindar un servicio inmediato para registro de nacimientos y defunciones.
“Dando cumplimiento a las medidas de protección sanitaria decretadas por el Gobierno Federal, tanto para el personal del Registro Civil como para sus oficinas. Dar cumplimiento a la normatividad en materia de protección de datos personales”, indicó el gobernador.
Inclusive quedó asentado que la Dirección Estatal del Registro Civil realizará la “captura inmediata” del acta de defunción, que deberá contener la CURP de la persona fallecida por COVID-19 en coordinación con el Registro Nacional de Población (Renapo).