• Los productos deberán portar sellos hexagonales negros que informen sobre el exceso de nutrientes críticos
Ciudad de México
El gobierno federal publicó este viernes la
norma mexicana 051, la cual obligará a partir del 1º de octubre próximo a la
industria a colocar sellos negros en sus productos para advertir que contienen
exceso de grasas saturadas, grasas trans, azúcares, sodio y calorías.
Casi tres semanas después de que el vigésimo
primer tribunal colegiado de circuito en materia administrativa revocó el
amparo interpuesto por el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y la
Confederación de Cámaras Industriales (Concamin) para detener el proceso de
publicación de la norma, el texto final se dio a conocer en la edición
vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), el cual no contiene las
modificaciones que solicitó la iniciativa privada.
De acuerdo con el documento de 37 páginas,
las especificaciones generales de la nueva reglamentación para el etiquetado
para alimentos y bebidas no alcohólicas comenzarán a aplicarse en seis meses,
es decir, el 1º de octubre de 2020, tal como se habría previsto, y no en dos
años como lo ha solicitado el sector empresarial, bajo el argumento del costo
que implica hacer dichas modificaciones.
A partir de esa fecha, la primera parte de la
norma deberá cumplirse, por lo que los productos deberán portar sellos negros
de forma hexagonal con leyendas que adviertan sobre el exceso de los nutrientes
críticos (calorías, sodio, grasas trans, azúcares, grasas saturadas), a los
cuales se les atribuye provocar enfermedades como sobrepeso y obesidad, que
pueden derivar en otras como diabetes.
Los sellos deberán estar ubicados en la
equina superior derecha de la cara principal del envase que contenga el
alimento o bebida no alcohólica.
Además, los productos también deberán
advertir que contienen cafeína y edulcorantes, por lo que los menores de edad
no podrán consumirlos.
La norma publicada por la Secretaría de
Economía (SE) detalla en los numerales modificados las formas en que deberán
estar colocados desde un sello hasta cinco, además de las otras dos
advertencias.
Sin embargo, el resto de los numerales
entrarán en vigor un año después, es decir, el 1º de abril de 2021.
Las modificaciones señalan que el cálculo y
la evaluación de perfiles referentes a la información nutrimental se llevará
en tres fases, comenzando el 1º de octubre y la última iniciará el mismo día de
2025.
El texto también incluye la tabla técnica de
proporciones en la que deberán basarse los industriales para colocar las
etiquetas. Las proporciones comienzan a partir de 100 gramos o 100 mililitros
de los alimentos y bebidas no alcohólicas.
La Cámara Nacional de la Industria de
Transformación (Canacintra) pidió al gobierno del presidente Andrés Manuel
López Obrador que ante la emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus,
no fuera publicada la NOM 051. Sin embargo, la solicitud llegó tarde.
Días atrás las Concamin también solicitó en
una carta al mandatario que se retrasara la publicación de la norma como parte
de las medidas contracíclicas para mitigar los efectos económicos por el
Covid-19.
El sector privado ha argumentado que utilizar
el modelo chileno no permite que los consumidores puedan comparar, pues no
especifica las porciones.
También ha señalado que no es claro por las
mismas razones, aunque el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia
(Unicef) aseguró que era el mejor etiquetado por ser claro en comparación con
el que sigue vigente y que fue aprobado en 2010.