“No se advierte la vulneración de algún derecho político electoral”; La magistrada presidente dijo que las medidas cautelares tienen que ser acatadas por los órganos del propio Congreso
La Paz, Baja California Sur.- En sesión de acceso limitado por la vigilancia epidemiológica, el Tribunal Estatal Electoral (TEE) de Baja California Sur (BCS) acordó no tener competencia para analizar la controversia planteada en el juicio ciudadano que plantearon las diputadas Daniela Rubio, Perla Flores, Elizabeth Rocha, y Lorenia Montaño por supuesta violencia política de género al ser removidas de su respectiva presidencia de cuatro comisiones parlamentarias en la XVI Legislatura.
Las controversias, que fueron presentadas por separado, fueron ventiladas en conjunto bajo el mismo principio: la separación de poderes y la inmunidad legislativa y la declaratoria del Tribunal en el mismo sentido:
“No se advierte la vulneración de algún derecho político electoral”, sino que se trata de una destitución al interior del Congreso local “cuya tutela corresponde al derecho parlamentario”.
Y es que debido a la división de poderes y el principio de inmunidad legislativa que hacen que “no sea factible que ningún poder u órgano externo dilucide las controversias que se suscitan al interior de los órganos legislativo” la controversia queda fuera de la competencia del Tribunal.
Tras declarar que en este proceso no es competencia del poder judicial sino del legislativo el TEE se acordó igualmente hacer llegar el resolutivo al Congreso del Estado empleando los mecanismos reglamentarios de información.
No obstante, antes de ventilar el acuerdo la magistrada Betsabé Dulcinea Apodaca Ruiz tomó su turno para exponer un posicionamiento en el que lamentaba que los hechos presentados en las controversias estuvieran fuera de la competencia de su Tribunal.
“Quisiera aclarar que el tribunal carece de atribuciones si en verdad hubo violencia política en razón de género o no la hubo, quien debe hacerlo es el propio Congreso” sostuvo.
Estimó ante sus compañeros de magistratura que las medidas cautelares dictadas previamente deben ser tomadas en cuenta pues expresó que “No se nos impide detectar las medidas cautelares pues permiten que las mujeres que alegan violencia estén protegidas en sus derechos que vivan una vida libre de violencia como es un derecho humano”
En entrevista con los medios de comunicación, la magistrada retiró “lamentablemente tenemos nuestras limitantes” y citó los señalamientos constitucionales y de la Suprema Corte de Justicia que imponen “el principio de inviolabilidad y un derecho que una competencia que se deben respetar”.
Apodaca Ruiz no escatimó en plantear que “las medidas cauteladas emitidas subsisten quien deberá cesar estas medidas será el propio Congreso del Estado para que resuelvan sobre los hechos que pudieran constituir o no violencia política de género”.
La magistrada se refiere a la medida que emitió el pasado 13 de marzo cuando dijo que el tribunal bajo su presidencia dictó que las diputadas debían permanecer en sus cargos. Al frente de las comisiones de Asuntos Fiscales y Administrativos, Derechos Humanos y Género.
Insistió que “Hay unas medidas que se tienen que acatar” es el Congreso del Estado y su órgano específico en la materia quienes “deben tener las instancias que puedan resolver sobre estos cuestionamientos” finalizó.