Diario El Independiente
Diario El Independiente

Noticias de BCS, México y el mundo.


Hoy es lunes, 30 de septiembre de 2024

Se fue diciembre, y no recibieron pago de aguinaldo: denuncian trabajadores de constructora 

Según los quejosos, a cambio del pago por dicha prestación representantes de la empresa dijeron que les ofrecerían un “convivio”  

Se fue diciembre, y no recibieron pago de aguinaldo: denuncian trabajadores de constructora 

San José del Cabo, Baja California Sur. -  Trabajadores de una empresa dedicada a la construcción, en San José del Cabo, se pusieron en contacto con Diario El Independiente para hacer pública una queja, relativa al incumplimiento en el pago de aguinaldos. 


Los quejosos, quienes solicitaron se omitieran sus generales por temor a represalias, acusaron que la empresa para la que laboran lleva por nombre “ Dhama Construcción”, y durante el periodo en que  dicha prestación debió ser entregada cuestionaron a sus jefes sobre el pago de la misma, obteniendo como respuesta que se les ofrecería un convivio a cambio del esperado pago. 


“A final de cuentas la razón fue que preferían gastar ese dinero (de aguinaldos) en una fiesta que organizaron, y no entregarlo a los trabajadores, cuando es un derecho que por ley corresponde. Muchos compañeros nos quedamos esperando el pago, la empresa no tiene por qué decidir en que invertir ese dinero que tiene que destinar a los trabajadores, no se vale eso que hicieron” comentó uno de los afectados. 


En el mismo sentido, dijo, fueron varios empleados que se vieron afectados por el incumplimiento de pago de la empresa, y no descartarán la posibilidad de buscar asesoría legal para que se proceda conforme a la ley. 


Cabe señalar que, la Ley Federal del Trabajo establece en el artículo 87 que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. 


Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.