La presidenta de la Mesa Directiva del Congreso del Estado aseguró que al menos 20 artículos son impugnables
La Paz, Baja California Sur.- La diputada presidenta de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, Daniela Rubio Avilés, señaló que la Ley de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad presentada por diputados del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) “es una ley de movilidad a medias”, pues no incluye el ordenamiento del transporte.
“Es una ley de movilidad que únicamente habla de cuestiones territoriales, de banquetas, nada acerca de concesiones o la explotación de la vía pública, autorizaciones, permisos, acarreos de carga pesada, nada”, aseguró Rubio Avilés, y añadió que los iniciadores de la Ley de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad tampoco incluyeron impacto presupuestal alguno.
Daniela Rubio criticó principalmente que las opiniones del consejo consultivo del Instituto de Movilidad que propone Morena en la Ley de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad son vinculantes. Es así que, debido a éstas y otras carencias, son impugnables al menos 20 artículos de la iniciativa de ley, de un total de 260 contenidos en ella, aseveró.
Hay que recordar que el pasado martes 29 de octubre se rechazó la Ley de Movilidad propuesta por el gobernador Carlos Mendoza Davis, gracias al voto mayoritario de Morena. En aquella ocasión, la presidenta de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, lamentó “que 11 diputados hayan rechazado sin discutir el dictamen que creaba la Ley de Movilidad y Transporte para Baja California Sur”, con lo cual, consideró, éstos le dieron “la espalda a miles de sudcalifornianos que demandaban un servicio de transporte de calidad y que se les garantizara su derecho humano a la movilidad”.
“Simplemente 11 compañeros legisladores decidieron no debatir, aun y cuando es la discusión de un dictamen el momento procesal oportuno para que diputadas y diputados hagan observaciones y soliciten la modificación, adición o supresión de artículos a un proyecto de ley”.