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Hoy es viernes, 22 de noviembre de 2024

Aprueba Congreso de BCS revocación de mandato y consulta popular

La revocación del mandato presidencial se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los 3 meses posteriores a la conclusión del tercer año de gobierno

Aprueba Congreso de BCS revocación de mandato y consulta popular

La Paz, Baja California Sur. Aunque a nivel nacional se logró desde noviembre la aprobación de la revocación de mandato presidencial y consulta popular en 17 congresos locales, autorizándose así dicha reforma constitucional en el Congreso de la Unión, el Congreso del Estado votó y aprobó tales modificaciones este 12 de diciembre, añadiendo la revocación de mandato para gobernadores.


En materia presidencial, la revocación de mandato será convocada por el Instituto Nacional Electoral (INE) a petición de la ciudadanía, siempre y cuando dicha solicitud esté respaldada por al menos el 3 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores de un mínimo de 17 entidades federativas, donde en cada una deberá existir un respaldo del 3 por ciento de quienes están inscritos en la lista nominal de electores del estado.


La revocación se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los 3 meses posteriores a la conclusión del tercer año de gobierno. El INE emitirá formatos y medios para recopilación de firmas, así como lineamientos para actividades relacionadas. El proceso se realizará mediante votación libre, directa y secreta el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electorales, federal o locales. 


Para que el proceso de revocación de mandato sea válido deberá haber una participación de, por lo menos, el 40 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores: la revocación de mandato sólo procederá por mayoría absoluta. El INE será quien emita los resultados de los procesos de revocación de mandato y éstos podrán ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Ninguna persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de la ciudadanía.


En caso de haberse revocado el mandato del presidente de la república, asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo quien ocupe la presidencia del Congreso de la Unión, dentro de los 30 días siguientes, y el mismo Congreso nombrará a quien concluirá el período constitucional. Asimismo, los gobernadores de los estados no podrán durar en su encargo más de 6 años y su mandato podrá ser revocado, sin embargo en las Constituciones de los Estados se establecerán las normas relativas a los procesos de revocación de mandato del gobernador de la entidad, lo cual no ha ocurrido hasta el momento en BCS.


En el caso de las consultas populares de temas de trascendencia nacional, serán realizadas a petición de al menos el 2 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores. No podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, ni las garantías para su protección; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular; la materia electoral; el sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto de Egresos de la Federación; las obras de infraestructura en ejecución; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente.