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Hoy es domingo, 24 de noviembre de 2024

El abogado del DIF, albacea de Octavio Paz

• Anoche se dio un paso más en el caso de la sucesión de bienes de la finada Marie-José Tramini, heredera del poeta

El abogado del DIF, albacea de Octavio Paz

CIUDAD DE MÉXICO. 

Francisco Antonio Santamaría Damián, director ejecutivo jurídico y normativo del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), protestó ayer como albacea de la sucesión de los bienes de Marie-José Tramini, viuda del escritor Octavio Paz, ante el Juzgado 19 en Materia Familiar del Tribunal Superior de Justicia local.

Así lo informaron las secretarias de Cultura federal y local a través de un comunicado, en el que aseguraron que con el nombramiento del albacea, “se dará continuidad a las acciones necesarias que permitan efectuar el inventario de bienes, así como el aseguramiento y protección de los mismos, considerando la relevancia histórica y cultural que tiene Octavio Paz para el pueblo de México”.

Y tanto la SC federal como la local y el DIF detallaron que “seguirán colaborando de manera conjunta con el objetivo de conservar, preservar y clasificar la masa hereditaria, considerando en todo momento la no dispersión de los bienes que son del pueblo mexicano”, luego de que el pasado lunes el Juzgado 19 de lo Familiar anunciara como “heredero único y universal” al DIF de la Ciudad de México, a 14 meses de la muerte de Marie-José Tramini, depositaria del legado del Nobel de literatura.

Ayer Excélsior tuvo acceso a una parte del testamento de Octavio Paz, en donde corroboró que efectivamente el poeta estableció que sus cartas, correspondencia y documentos fueran depositados en El Colegio Nacional para luego hacerse públicos a partir del 20 de abril de 2021, lo que implica que dicha institución, que depende de la Secretaría de Educación Pública (SEP), podría resguardarlos, aunque eso no garantizaría que se convierta en propietaria automática de los mismo.

El documento establece lo siguiente: “Asimismo el testador establece de manera expresa, que en caso de que la señora Marie José Tramini Poli de Paz, su heredera universal y albacea general, falleciera sin haber dictado disposición sobre este particular, todos los papeles, cartas, documentos y correspondencia privada del testador serán depositados en el Colegio Nacional de la Ciudad de México, Distrito Federal, en la inteligencia de que no podrán ser publicados sino hasta que transcurran 25 años a partir de la fecha de fallecimiento del testador”.

Aunado a esto, se observa que al final de la página se hay algunos añadidos y comentarios realizados a mano, justo encima de la firma del Nobel de Literatura 1990, que pudieran ser o no escritos por el poeta, y que hasta hoy se desconoce si fueron realizados por él mismo, avalados en presencia de algún notario o si la autoridad realizó algún tipo de estudio grafológico al respecto.

Cabe recordar que Octavio Paz se convirtió en miembro de ECN el 1 de agosto de 1967, cuando dio lectura a su discurso de ingreso, bajo el título “La nueva analogía”, que fue respondido por Antonio Castro Leal.

Excélsior consultó a Arturo Saucedo, experto en política cultural, sobre los puntos que el gobierno federal y local deberían considerar antes de realizar el depósito en El Colegio Nacional.

Expresó que antes de que se realice dicho depósito, “lo más importante es que la federación tome posesión, dominio y propiedad de toda la masa testamentaria en favor de la nación y que se realice algún contrato, convenio o comodato con ECN, la fundación o la institución que sea creada”, en el que se establezcan claramente las condiciones del depósito.

“Lo importante es que la Federación sea la que tutele y realice esos contratos, convenios y comodatos”. La intención, añadió, es que en caso de que se disuelva o desaparezca la instancia que reciba el archivo de Paz, este legado regrese a la Federación para su custodia, lo cual está previsto en la Ley General de Bienes Nacionales, en la ley que creó a la Secretaría de Cultura federal y la Ley Orgánica del INBA, que reserva a la federación el patrimonio cultural y material de interés nacional.

Reconoció que ECN es una institución de investigadores y notables humanistas y científicos que han hecho grandes aportaciones a México. “Pero su estatuto de creación es muy específico, depende de la SEP y, por tanto, no puede desarrollar facultades y atribuciones que tiene la Secretaría de Cultura federal”.

Por lo anterior, la difusión del legado, la modificación de las instalaciones, su presupuesto y contratación de personal… es limitado y depende de las decisiones de la SEP. No hacerlo, añadió, “implica dejar el patrimonio a la deriva, independientemente de la amistad u otros elementos. Así que debe haber un documento con valor jurídico, dentro del marco legislativo vigente para que quien reciba un solo papel de este legado de interés nacional responda por él en cualquier momento”, concluyó.