Las leyes locales recalcan que cualquier servidor público, autoridad o dependencia que tenga conocimiento de maltrato hacia un niño tendrá la obligación de hacerlo del conocimiento del Agente del Ministerio Público
La Paz, Baja California Sur.- La colaboradora del Programa sobre Asuntos de la Niñez y la Familia por parte de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Marisela Medina Tapia, señaló que aún se siguen presentando casos de maestros que omiten situaciones de violencia de forma interna y externa de los planteles, recalcando que este tipo se omisiones son anticonstitucionales.
Explicó a Diario El Independiente que de primera instancia cualquier profesional que tenga bajo su custodia a niños, ya sea una enfermera, psicólogo, maestro, entre otros, serán como el padre todo el tiempo que el niño esté bajo el cuidado de los mismos "a las maestras siempre les digo la hora del recreo no es para ustedes, pues son responsables de los niños desde que se depositan en las escuelas hasta que el último sea entregado a sus familiares", dijo.
Expresó que durante las capacitaciones que presta la comisión tanto a padres, supervisores, directivos y docentes, estos últimos suelen conocer plenamente sus beneficios pero no sus responsabilidades, donde en ocasiones desconocen como funcionarios hasta donde llegan sus funciones en cuanto a este tipo de situaciones, las cuales son recurrentes.
En cuanto a las omisiones por no denunciar maltratos en niños, explicó que los maestros temen a las represalias que en algunas ocasiones se presentan fuera de los planteles propiamente por los agresores de los niños, lo cual deja en un estado de desprotección a los pequeños, donde por buscar seguridad propia no se denuncia dejando a los niños expuestos en su totalidad.
"A veces me dicen ¿cómo le digo a un padre que su hijo presenta signos de abuso, o que estaba viendo videos inadecuados porque su padre le dio un teléfono inteligente que no necesita un niño de su edad?, de entrada salen y su auto rayado, existen un temor fundado, pero el artículo primero Constitucional es claro, todos somos el primer respondiente y existen protocolos que los protegen también a ellos", comentó.
El jurídico de SEP está encargado de llevar los casos a las dependencias judiciales correspondientes de manera que puede ser anónimo sin que se tomen represalias para los maestros, y para que de esta forma los niños no queden desprotegidos. Cualquier autoridad educativa de primer contacto como directiva, docente y supervisores que sepan de un delito contra niños y sean omisos, serán señalados.
De acuerdo a la Ley de los Derechos de las Niñas y Niños de Baja California Sur en su capítulo tercero sobre las obligaciones de la familia, señala en su artículo 16 que, "Las mismas obligaciones que se establecen en este capítulo las tendrán los tutores y personas responsables de los cuidados y atención de las niñas y niños, conforme a las facultades que para sus encargos prevean las leyes correspondientes".
Mientras tanto en el Capítulo III de la sección segunda sobre Niñas y Niños Víctimas de Maltrato, en su artículo 46 señala, "Cualquier persona, servidor público autoridad o dependencia que tenga conocimiento de que alguna niña o niño hayan sufrido maltrato o en se encuentre en riesgo su integridad, tendrá la obligación de hacerlo del conocimiento del Agente del Ministerio Público".