Asegura el abogado de la empresa que existen inconsistencias en el caso de PROFEPA contra La Testera; de acuerdo a la empresa se requirió un recurso de revisión toda vez que la delegación demandó por la misma causa que en el 2012, algo que constitucionalmente es ilegal y no procede
La Paz, Baja California Sur.- El asesor jurídico de la empresa MEXXIM que representa a la mina de remediación La Testera, Jaime Ramírez Contreras, indicó a Diario El Independiente que existen inconsistencias en el nuevo procedimiento que inició la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) que inutilizó a la minera, por lo cual la empresa ha utilizado el recurso de revisión con autoridades de la Ciudad de México (CDMX).
Cabe recordar que la instancia federal multó con más de dos millones 500 mil pesos a la empresa por supuesta por faltar a los términos y condiciones en la autorización de impacto ambiental, mientras que al mismo tiempo revocó en su totalidad la concesión de trabajo por supuestamente extraer material nuevo para ejercicio minero, así como una larga lista de autorizaciones que aseguran no tiene la empresa.
De esta forma resalta que si las autoridades federal se encuentran realizando sanciones a la empresa por falta de autorización para el manejo integral y tratamiento de residuos peligrosos, por supuesta falta del programa de monitoreo de aguas subterráneas y superficiales y de un plan de manejo de fauna silvestre; porqué razón la empresa pudo trabajar a las faldas de la sierra durante diez años y PROFEPA no hizo nada al respecto si este fuera el caso.
En entrevista para Diario El Independiente, el abogado señaló que el procedimiento que la PROFEPA tuvo lugar el 7 de noviembre y no en la fecha que apareció publicado ante medios de comunicación, donde señaló que este resolutivo que determinó la instancia solo concluye el procedimiento administrativo, pues la empresa no queda clausurada definitivamente porque se interpuso un recurso de revisión.
De acuerdo al representante jurídico el recurso de revisión se hizo con autoridades de PROFEPA en CDMX por que la delegación local estableció la misma denuncia de términos y condicionantes de la autorización del impacto ambiental que se hizo en 2012, esto quiere decir que se está denunciando por la misma razón en dos ocasiones, algo que no está permitido de acuerdo al artículo 28 de la Constitución mexicana, conocido como "Ne bis in idem" (no dos veces por la misma cosa) de acuerdo a la jurisprudencia.
"Hay inconsistencias por parte de la autoridad, porque en las publicaciones anteriores se refiere que PROFEPA sancionó a la empresa porque no tenía autorización de impacto ambiental, esto en octubre de este año y ahorita en noviembre por que supuestamente se incumplió con la autorización, entonces ¿hay o no hay autorización?, que se pongan de acuerdo", señaló.
Con esta nueva sanción se solicitó audiencia local y se le hizo saber a la autoridad que ya existía un expediente del 2012 donde concluyeron con una sanción, pero la empresa se inconformó ante las vías jurisdiccionales y MEXXIM resultó favorecido porque no comprobaron los señalamientos, indicó el litigante.
En cuanto a la sanción por supuesta actividad minera, Ramírez Contreras señaló que las autoridades han vertido suposición de hechos sin presentar vídeos, audios, fotografías o documentos que avalen lo entre dicho, "señalan que se estuvo haciendo un trabajo de explotación en un lugar distinto del autorizado pero no presentaron elementos que acrediten lo que están señalando", explicó.
"El razonamiento fue, yo envié a un inspector, este vio un material rocoso y ese material dice que viene de un lugar X y al parecer los inspectores son irrefutables [...] puedes decir muchas cosas pero deben comprobarse y sustentar todas las afirmaciones", expresó a este matutino, recalcando que acudirán hasta las últimas instancias recalcando que no es legal la misma acusación en dos demandas penales, agregando que de no tener las autorizaciones y documentos nunca hubieran recibido el permiso de remediación.