La iniciativa fue formulada y presentada por el gobernador, Carlos Mendoza Davis, quien sostuvo que fue "resultado" de 5 foros, uno por municipio
La Paz, Baja California Sur.- La iniciativa de Ley de Movilidad enviada por el gobernador, Carlos Mendoza Davis, al Congreso de Baja California Sur (BCS), guarda diversas similitudes con la Ley de Movilidad para Quintana Roo.
En una versión reducida, la sudcaliforniana contiene 130 artículos y 9 transitorios, a diferencia de la quintanarroense, que contiene 204 artículos y 12 transitorios.
En Quintana Roo, la ley incluye regulación a medios masivos de transporte y un marco legal para diversas sanciones administrativas, que deja pendientes la versión sudcaliforniana.
Ambas parten del reconocimiento al “derecho humano a la movilidad” en su título primero, con semejanza en todos sus capítulos: “Disposiciones generales”, “de la jerarquía y los principios de movilidad” y “de la cultura de movilidad”.
Sobre los “servidores públicos competentes en materia de movilidad”, se establecen facultades similares para ambos gobiernos estatales.
Una de las principales similitudes entre ambas es la creación del organismo público descentralizado y sectorizado conocido como “Instituto de Movilidad”, que concentra políticas y acciones en la materia.
Tienen facultades y obligaciones muy parecidas y comparten los esquemas de coordinación con los municipios como “autoridad responsable de garantizar el derecho humano a la movilidad”, en ambos casos.
En BCS contiene la creación de un “Consejo Consultivo de la Ciudadanía” para el Instituto, mientras que en Quintana Roo se implementó una “Junta de Gobierno” formada por funcionarios.
En las dos leyes, se contempla la designación directa del titular del instituto por parte del gobernador de la entidad.
Ambas coinciden en disposiciones generales de planeación y políticas de movilidad, así como las auditorías que podrán llevar a cabo desde el Instituto.
También se toma el concepto de “Sistema Integrado de Transporte Público”, así como conceptos para generación de infraestructura de movilidad y su uso.
En las dos leyes se estipula una “revisión de tarifas” del transporte durante el tercer trimestre de cada año y una "resolución" del Instituto durante el cuarto.
Para entregar concesiones, en ambos casos, debe existir una “declaratoria de necesidad” que emitirá el Instituto de Movilidad, encargado de tramitarlas.
Sobre la legislación del servicio de transporte contratado a través de plataformas digitales, en Quintana Roo se basa en “concesiones” mientras que en BCS se llaman “permisos”.
Los requisitos para los conductores y las empresas “mediadoras” del servicio (aplicaciones), son similares, a diferencia que, en BCS, se exige que estas últimas sean "personas morales con un capital social de 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA)" o mayor.
El Instituto de Movilidad, tanto la versión sudcaliforniana como quintanarroense, están obligadas a presentar un informe, a más tardar el 30 de noviembre, sobre el avance en la materia y el cumplimiento de sus políticas y acciones.
La Ley de Movilidad de Quintana Roo fue propuesta por el gobernador Carlos Joaquín González, aprobada el 29 de mayo de 2018 y reformada el pasado 10 de julio, de acuerdo a medios locales.
La iniciativa de Ley de Movilidad de BCS fue presentada el pasado 5 de octubre por el gobernador y actualmente se encuentra en discusión y análisis en el Congreso local.
En entrevistas para Diario El Independiente, el gobernador sostuvo que dicha ley, presuntamente, contiene "todas las propuestas" recopiladas en los "Foros de Consulta Ciudadana de Movilidad" realizados en octubre de 2017.
Fueron organizados en los 5 municipios por la Unidad de Transporte y Movilidad (UTM) de la Secretaría de Planeación Urbana, Infraestructura y Movilidad (Sepuim) del gobierno estatal.