• Por emplear a funcionarios estatales para recabar firmas, triangular recursos a empresas fantasma y pagar a auxiliares con tarjetas, ‘El Bronco’ fue multado por 739 mil 047 pesos
NUEVO LEÓN.- El candidato
independiente a la presidencia de México, Jaime Rodríguez Calderón respeta,
pero no está de acuerdo con la resolución de la Sala del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación que desechó los tres recursos de apelación
promovidos por las multas por el tema de fiscalización de recursos en la etapa
de recolección de apoyos ciudadanos.
Este miércoles, el Tribunal
Federal Electoral confirmó sanciones en contra del gobernador con licencia de
Nuevo León por las irregularidades que detectó el Instituto Nacional Electoral,
durante la etapa de recolección de firmas para lograr su candidatura.
El órgano resolvió tres
impugnaciones promovidas por el aspirante presidencial que establecen que
funcionarios estatales le recabaron firmas en día y horario laboral; que hubo
triangulación de recursos de empresas fantasmas y se realizaron pagos a
auxiliares mediante tarjetas en el acopio de apoyos.
Las anomalías representan
multas por 739 mil 047 pesos.
El abogado de ‘El Bronco’,
Juan Morales Alcántara señaló que no está de acuerdo con la valoración legal
que dieron a los recursos, ya que carecen de sustento y de soporte jurídico.
Prueba de ello es que en la
resolución del INE encontramos tiene como base la aplicación de una norma
internacional financiera que es inaplicable en el derecho mexicano para
originar una sentencia condenatoria a sujeto alguno”, explicó el litigante.
Los acuerdos del Instituto
Nacional Electoral que se buscaban revocar son el INE/CG473/2018,
INE/CG474/2018 y el INE/CG475/2018.
El abogado asistió a las
audiencias para señalar al equipo de magistrados que estudiaban los recursos de
apelación, que el INE fue omiso al hacer un estudio exhaustivo del caso y dejó
de observar los principios constitucionales, rectores vigentes y aplicables en
el ejercicio de la función electoral, como son certeza, legalidad,
independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.
Morales Alcántara hizo saber a
la autoridad electoral que el INE nunca tomó en consideración la presunción de
inocencia del candidato y también omitió hacer un estudio exhaustivo del caso
inobservando principios constitucionales, lo cual debió bastar para obtener una
sentencia en la que se revocaran los acuerdos el Instituto.