A pesar de las solicitudes de información, los ciudadanos deberán esperar para conocer el contenido del documento aprobado el pasado 5 de abril
La Paz, Baja California Sur.- El Comité de Transparencia del XV Ayuntamiento de La Paz, clasificó como “reservada” la totalidad de la información y los planos contenidos en la reciente actualización al Programa de Desarrollo Urbano y Centro de Población (PDUCP) 2018, por considerar que el “interés particular” de darlo a conocer podría afectar su “proceso deliberativo” ante el gobierno de Baja California Sur (BCS).
Presidido por Juan Carlos González Bareño, secretario general municipal, el comité determinó un plazo de 10 meses para retirar la secrecía del documento, actualmente en manos de la Secretaría de Planeación Urbana, Infraestructura y Movilidad (Sepuim) que cuenta con 90 días hábiles para emitir un dictamen sobre la debida congruencia, coordinación y ajuste del instrumento.
Esta restricción informativa se da después de 6 diferentes solicitudes de información ante el Ayuntamiento de La Paz, en donde se solicita el contenido del PDUCP 2018, que diversas asociaciones civiles tales como Conciencia México y Cómo Vamos La Paz, han rechazado por tratarse de un documento elaborado mediante la simulación y sin participación ciudadana.
De acuerdo al acta 08/EXT/25-04-18, el PDU contiene opiniones, recomendaciones o puntos de vista que de ser difundidos, podría afectarse su “proceso deliberativo” en la Sepuim, por lo que se estipula que “hasta en tanto no se emita una decisión definitiva que culminará con la determinación apropiada de congruencia”, no se publicará el documento.
“Al hacerse públicos estarían violentando la condición de reserva que impera hasta en tanto no sea adoptada la decisión definitiva que está sujeta […] proporcionar la información requerida vulneraría el interés público, ya que el beneficio se limitarla única y exclusivamente a una persona, con lo que prevalecería el interés particular sobre el interés general”, dice el documento.
“Existe un riesgo identificable, ya que divulgar la documentación proporcionada a la autoridad estatal por ministerio de Ley, se estaría afectando el interés general que protege esta autoridad municipal, consistente en satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población”, sentencia.
Aseguran que reservar la información solicitada no significa un medio restrictivo de acceso a la información pública.
Reiteran que cuando la autoridad estatal "resuelva el proceso deliberativo y adopte una decisión final" y quede publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio se extinguen las causales de clasificación y se estaría en posibilidad de proporcionar lo requerido por los solicitantes.
De de lo contrario, al entregar lo requerido, aseguran que se "entorpecería" el debido proceso y se pondría en riesgo la materia del proceso deliberativo.