Esto debido a que en la ley electoral no se incluyen figuras como la de asesor parlamentario, según un acuerdo aprobado por el Consejo General del Instituto
La Paz, Baja California Sur.- Los trabajadores del Congreso del Estado que aspiren a algún cargo de elección popular pueden permanecer en el cargo luego de su registro como aspirantes, de acuerdo con el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE).
Al responder a una solicitud de información formulada por Jorge Pável Castro Ríos, sobre si un asesor parlamentario que busque ser regidor debe separarse del cargo, el Consejo General del Instituto recordó que los cargos parlamentarios no se encuentran dentro de la lista de cargos de funcionarios que deban renunciar.
El artículo 138BIS fracción II de la Constitución Política del estado contiene una lista de servidores públicos que deben separarse del cargo al menos 60 días antes de la elección si quieren aspirantes a integrantes de un ayuntamiento, entre los cuales no se encuentra el de asesor parlamentario.
Según la resolución del Consejo General del IEE, aunque quienes ocupen dicho cargo no tienen la obligación de separarse del mismo, esto no debe significar en una inoperancia del principio de equidad en la contienda de quienes pretendan o aspiren a contender por un cargo de elección popular.
Esto significa que no deben usar recursos materiales, humanos y ecómicos del Congreso del Estado para abonar así al principio de equidad y la debida utilización de recursos públicos al que se refiere el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Cabe destacar que los funcionarios que de acuerdo con la ley electoral deben separarse del cargo para contender por un puesto de elección popular, deben hacerlo a más tardar el próximo 2 de mayo, tal como lo establece la ley electoral.