Los vecinos molestos analizan cuál será el siguiente paso a seguir; buscan que se haga en conjunto con Puerto Nuevo
San José del Cabo, Baja California Sur.- Sergio Rodolfo Lozoya Cuenca, presidente del fraccionamiento Chulavista, compartió con Diario El Independiente, que algunos vecinos están recibiendo una notificación de parte de Proyectos Inmobiliaria de Culiacán, Homex, en donde les indican que prácticamente se perdió el caso.
“Esta notificación indica que prácticamente se perdió el caso, que por cuestiones de tiempo no procede el fraude, que prácticamente le dieron carpetazo y la bronca es que no nos avisan cuando, sino que simplemente llegan y al que le dejaron este aviso no se lo dejaron personalmente, si no hicieron que uno de sus hermanos firmara con el nombre del dueño del inmueble, esto es muy sospechoso”, expuso.
Lozoya Cuenca lamentó una declaración que en recientes días diera en la radio local el director de Planeación y Desarrollo Urbano de Los Cabos, en donde señala que ya habían tenido acercamiento con Homex acerca de los dos fraccionamientos, sin embargo, asegura que con los colonos nadie, ni autoridades, ni muchos menos Homex, se han acercado después de la tormenta tropical Lidia, que impactó al municipio en septiembre del 2017.
“Lo único que pasó es que vinieron a derrumbar el edificio, no mostraron papeles, una señora que se identificó como Homex, en Puerto Nuevo se identificó como de la Procuraduría General de la República y pues estamos más que enojados”, sentenció.
Es por lo anterior, que como presidente del fraccionamiento Chulavista y junto con los colonos se encuentran analizando qué es lo que harán al respecto y están intentando tener comunicación con Puerto Nuevo para que lo que se haga, sea en conjunto.
Mientras esto sucede, consideró importante exponer el tipo de notificaciones que la Procuraduría General de Justicia del Estado está haciendo llegar a los vecinos de Chulavista, en donde como puede leerlo en la fotografía, el primer párrafo dice: “Por medio de la presente le notifico la determinación de Facultad de Abstenerse de Investigar dentro del número único de caso […] por el delito de Fraude Específico, iniciada con motivo de la querella presentada por […] ante la Unidad de Atención Inmediata de la Procuraduría General de Justicia en el Estado.
En el segundo párrafo menciona el contenido del artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales: “Las determinaciones del ministerio público sobre la abstención de investigar, el archivo temporal, la aplicación de un criterio de oportunidad y el no ejercicio de la acción penal deberán ser notificadas a la víctima u ofendido quienes las podrán impugnar ante el juez de control dentro de los diez días posteriores a que sean notificadas de dicha resolución. En estos casos, el juez de control convocará a una audiencia para decidir, en definitiva, citando al efecto a la víctima u ofendido, al ministerio público y, en su caso, al imputado y a su defensor. En caso de que la víctima, el ofendido o sus representantes legales no comparezcan a la audiencia a pesar de haber sido debidamente citados, el juez de control declarará sin materia la impugnación. La resolución que el juez de control dicte en estos casos no admitirá recurso alguno”.