A pesar de que los requerimientos son más rigurosos, el trámite para lograr la adopción ya es más rápido, salvo en el tema de la patria potestad, es por ello que se cuenta con un gran número de parejas interesadas en poder acceder a la adopción
La Paz, Baja California Sur (BCS).- Durante mayo de este año, se aprobó por parte del Consejo Técnico de Adopciones, un nuevo procedimiento administrativo para que los menores de edad que se encuentran bajo el resguardo del estado puedan tener una familia donde puedan desarrollarse de la manera más sana y feliz, por ello las etapas de este nuevo procedimiento son más rigurosos, el trámite para lograr la adopción ya es más rápido, salvo en el tema de la patria potestad, pues se busca que las parejas o personas solteras que deseen dar un hogar, sean completamente aptos para ello.
Ileana Barajas, abogada adscrita a la Procuraduría de Protección de niños, niñas y adolescentes del Estado, comentó a Diario El Independiente que el procedimiento consta de varias etapas, el primero de ellos es llenar y presentar una ficha de inscripción para acceder a un curso de inducción en el cual, psicólogos, abogados y otros especialistas del área, les proporcionarán los temas generales que involucran al acto de adopción, señalando que quienes tomen este curso de inducción, deberán acreditarlo al 100%.
Al pasar el primer curso, deberán presentar en no más de un mes, toda la documentación para integrar el expediente donde debe adherirse una solicitud de adopción, el cual tendrá aspectos generales de su vida, los cuales son importantes para la revisión del Consejo Técnico de Adopciones, expresando que "La solicitud que se llena al comienzo contiene datos generales de los interesados, como escolaridad, intereses, domicilio, trabajo, etc. seguida de preguntas sobre porqué tiene interés en adoptar, qué idea tienen del tema, si su familia están de acuerdo entre otras", dijo.
Algunos de los requisitos que se piden es ser mayor de edad, tener 17 años más que el adoptado, tener los medios necesarios para proveer una vida sana y digna para el menor, haber calificado positivamente el certificado de idoneidad y si el niño o niña que se desea adoptar es mayor de 12 años, se requiere también su consentimiento para saber si quiere ser adoptado.
Una vez integrado el expediente, comentó la abogada del centro, se les cita a las parejas o personas interesadas para efectuar un estudio psicológico de 3 sesiones, seguido de un estudio socioeconómico, recalcando que si el Consejo Técnico no encuentra anomalías o problemas, se procede a cursar "Escuela para Padres", donde se tratan temas específicos como conductuales, sociales o referente al trato personal de los niños, del cual reciben una certificación con validez de 2 años.
Toda vez que se logran culminar los procesos hasta llegar satisfactoriamente a "Escuela para Padres", nuevamente "el Consejo Técnico de Adopciones vuelve a revisar los resultados de las parejas o personas solteras en cada una de las etapas, y si ven que son aptos para adoptar, entonces se les da un certificado de idoneidad, el cual les avala que pueden adoptar a cualquier niño, pues se encuentran aptos de manera psicológica, socioeconómica y demás requisitos", comentó para el medio.
Una vez obteniendo dicho certificado, comenzarán la etapa de asignación, la cual se realizará, dijo, cuando el menor se encuentre liberado jurídicamente siendo un proceso largo, pues al llegar y revisar su situación se buscan primero a familiares directos para que pueda devolverse a un núcleo familiar, como son los abuelos o tíos, y de no encontrarse o no ser aptos, se efectúa un proceso de perdida de patria potestad en contra de los padres, si el juicio obtiene la perdida de la patria el niño está liberado jurídicamente.
Asimismo, la abogada de dicha Procuraduría, señaló que durante este proceso se busca una familia que acoja temporalmente al menor, pues expresa que ante todo se busca que el pequeño no crezca de manera institucional y que pueda al mismo tiempo llevar una vida común mientras se efectúa el procedimiento.
Ya asignado el niño a la familia, indicó Ileana Barajas, se les hace llegar un expediente con los datos generales del menor y la aprobación del niño, niña o adolescente en caso de ser mayor de 12 años, si la familia está de acuerdo con el niño asignado por el Consejo, se continua con una presentación física entre ambas partes para dar lugar a un periodo de convivencia dentro del centro de asistencia social donde esté albergado, posteriormente pueden tener convivencias fuera del centro durante el día, pero si la psicóloga ve que en alguna de las convivencias no hubo una buena aceptación del menor, entonces se busca una nueva familia para el pequeño, pero de no ser el caso, mencionó, se puede tener un acogimiento pre-adoptivo donde se prosiga con la legalidad del procedimiento.
Finalmente el trámite oficial, parte de las valoraciones y documentos que se realizaron posteriormente por la dependencia, los cuales son tomados y analizados por los jueces que llevan el caso, donde una vez obtenida la resolución, el juez ordena el cambio de apellidos del menor, efectuando una nueva acta, recalcando que toda vez que ya se tengan los beneficios para ambas partes, la dependencia gubernamental estará dando seguimiento a la familia en un periodo posterior a 2 años, y de no encontrar anomalías, se dejan se realizar estas visitas.