El instituto trabaja en un documento regulador que complemente su Ley Orgánica, la cual fue creada en 1938
CIUDAD DE MÉXICO.
El instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) busca enmendar una carencia de varias décadas. A casi 80 años de su creación, el organismo prepara la redacción de un nuevo proyecto de reglamento interno de su Ley Orgánica, vacío que en distintas ocasiones ha producido observaciones de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y ha sido motivo de conflicto con los trabajadores.
A convocatoria del director general del organismo, Diego Prieto, el 25 de julio pasado se instaló la Comisión de Redacción del Proyecto de Reglamento de la Ley Orgánica del INAH, en el que participan al menos 15 expertos, investigadores y funcionarios, que trabajan para dejar listo “a finales de noviembre o principios de diciembre” de este año, un documento que deberán someter a la Secretaría de Cultura federal y a la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República con miras a completar la reglamentación del organismo.
“No es empezar una discusión, es concretar una necesidad que existe desde que en diciembre de 1938, hace ya cerca de 80 años, se promulgó la Ley Orgánica del INAH, que empezó a tener vigencia a partir del 3 de febrero de 1939, desde entonces no ha existido un reglamento que de alguna manera traduzca lineamientos orgánicos más puntuales de la Ley Orgánica de la institución”, dice Prieto en entrevista.
El grupo de trabajo se reúne en sesiones plenarias donde se discuten y analizan al menos los tres intentos anteriores que han existido para crear un reglamento interno. La coordinación recae en la secretaria técnica del INAH, Aída Castilleja, aunque también participan el experto en legislación cultural Bolfy Cottom y los investigadores eméritos Eduardo Matos Moctezuma y Consuelo Maquívar, así como la coordinadora de Asuntos Jurídicos, Socorro Villarreal, y los coordinadores de Arqueología y Monumentos Históricos, Pedro Sánchez Nava y Arturo Balandrano.
Si desde la creación de la Ley Orgánica del INAH en 1938, jamás se llevó a cabo la elaboración de un reglamento interno, la necesidad del estatuto quedó plasmada en uno de los artículos transitorios de las modificaciones que la Ley Orgánica tuvo en 1986. El documento, sin embargo, tampoco se elaboró y aunque existen por lo menos dos anteproyectos anteriores, las pugnas al interior del organismo no dejaron prosperar la iniciativa. El nuevo intento, responde a las observaciones que en diferentes ocasiones ha hecho la ASF al Instituto, señalando como “una irregularidad” la ausencia del documento.
La intención de generar el documento también empata con el proceso que la Secretaría de Cultura federal llevó a cabo para generar su propio reglamento interior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de noviembre del año pasado. “El año pasado planteamos a la propia Auditoría que había que esperar a que surgiera el reglamento de la Secretaría de Cultura para poder alinearlo de manera conveniente y tener un reglamento compatible con nuestra pertenecía a esta nueva secretaría”, dice Prieto.
El funcionario reconoce que la ausencia del documento ha generado que los consejos técnicos o colegiados que deciden el futuro del patrimonio del país trabajen con una inercia tradicional aunque sin uniformidad. “El INAH ha incorporado tradiciones muy importantes por ejemplo la existencia de consejos técnicos, de área o consejos locales en los centros de trabajo, pero hacen falta las bases orgánicas que les den unidad; cada uno de los consejos que operan en el INAH han creado sus propias bases de organización, lo cual no está mal, pero sí hace falta que el INAH tenga en sus cuerpos colegiados una cierta homogeneidad que nos permita tener una estructura organizacional más fortalecida, con más claridad en sus estructuras de organización”.
La ausencia del reglamento interno es más grave dependiendo de quién lo analiza. En el caso, por ejemplo, de las denuncias que investigadores del INAH presentaron en la Procuraduría General de la República (PGR) por los supuestos daños al patrimonio cultural en la zona arqueológica de Tzintzuntzan, Michoacán, y los fuertes de Loreto y Guadalupe, en Puebla, los mismos trabajadores opinaron en su momento que uno de los problemas mayores era la falta del estatuto: “no hay protocolos de acción, es el puro capricho de los funcionarios, hacen lo que se les da la gana”, opinó entonces el secretario general del sindicato de investigadores, Felipe Echenique.
En diferentes momentos, el reglamento interno de la Ley Orgánica se convirtió en la petición más anhelada por los trabajadores. En 2011 cuando se publicó el Manual General de Organización del INAH, arquitectos y restauradores del organismo consideraron el documento como una “imposición” de las autoridades y llamaron a retomar la elaboración del reglamento interno.
“Ciertamente en el periodo anterior de gobierno se emitió un Manual de Organización que ha sido muy útil, pero entre la Ley Orgánica y el Manual de Organización, que es un documento más minucioso en términos de perfiles, de catalogo de funciones, hace falta este reglamento que sería como la mediación entre ambos documentos y que sería un importante documento que nos articule con la Secretaría de Cultura”, agrega Prieto.
El antropólogo Bolfy Cottom, quien forma parte de la Comisión de Redacción, dice que no se trata de elaborar un nuevo documento. Los integrantes del grupo parten de al menos dos propuestas anteriores que existen (la última elaborada por Alfonso de Maria y Campos y enviada a la SEP en mayo de 2008). Los lineamientos que pudiera contener el documento se convertirían en la base legal del organismo, considera el experto.
“Una cosa muy importante en el INAH ha sido el tema de su consejo general consultivo, un órgano de consulta, de asesoría, que puede establecer lineamientos orientadores para la política institucional, eso no se ha podido conformar porque en el reglamento deben dejarse los requisitos para ser consejero, cómo van estar conformados los consejos de área, y cómo van a nutrir al consejo general consultivo”, explica.
Este tipo de órganos, agrega, han existido “de facto” y aunque en ocasiones han sido útiles para el INAH “no tienen una base legal, un acta de nacimiento; en el reglamento debe establecerse muy claramente cuáles son sus atribuciones, sus alcances. En el caso de los Centros INAH, originalmente existieron Centros regionales que no estaban en cada estado de la República, sino que trabajaban por regiones, ahora producto de la necesidad, de la urgencia del quehacer de la institución, se ha hecho imperativo que en cada estado exista un Centro INAH y el reglamento debe contener los criterios para ello, hay que regularizarlo”.
En el mismo documento deberán quedar las bases para establecer comités de trabajo, consejos técnicos y académicos. Además, agrega Cottom, la ausencia del estatuto puede generar otras irregularidades: “supongamos que todo marcha, que toda funciona bien, el problema es que a la hora de la rendición de cuentas, de la transparencia de la información todo eso tiene que tener una base legal, normativa y si no la tiene obviamente el Instituto puede incurrir en irregularidades por no haber conformado ese proceso”.
Diego Prieto piensa que en 2018, cuando el INAH cumplirá 80 años, podría quedar aprobado finalmente el reglamento interno de la Ley Orgánica del INAH.