Los trabajadores fueron despedidos "debido a que exigieron su derecho de libertad sindical, al demandar la titularidad
Los obreros acusaron que un abogado de la minera los amenazó: si no detenían sus esfuerzos por crear un nuevo sindicato
La Paz, Baja California Sur.- Al menos 87 trabajadores de la mina El Boleo fueron despedidos y presuntamente amenazados con ser puestos en una "lista negra" si no desistían de sus intentos de conformar un nuevo sindicato, acusaron los propios trabajadores.
En un comunicado, los trabajadores dijeron que la empresa Servicios y Desarrollo Meseta Central, S.A. de C.V., de capital coreano, presionó a los mineros para que cobraran una indeminización y no siguieran buscando crear un nuevo sindicato.
Los trabajadores fueron despedidos "debido a que exigieron su derecho de libertad sindical, al demandar la titularidad del contrato colectivo de trabajo en el expediente IV-122/2016 de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, desde el 25 de abril de 2016", se indica.
En noviembre del año pasado fueron despedidos 87 obreros por buscar cambiarse del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Exploración y Beneficio de Minas de la República Mexicana, con sede en Monterrey, al Sindicato Nacional Minero.
Los trabajadores recordaron que desde 2012, cuando la empresa coreana llegó a El Boleo, lo hizo con un contrato colectivo bajo el brazo ya firmado con el sindicato de Monterrey, sin que existiera un trabajador contratado, acusaron.
"Ya habían pactado la empresa y el sindicato patronal el control de los trabajadores, razón por la cual no se lleva a cabo vida sindical ni asambleas, hasta ahora estuvo oculto" el contrato colectivo.
Los exempleados dijeron que debido a esto no hay revisiones salariales y contractuales debido a que se opera bajo un Contrato Colectivo de Protección Patronal, que no existe en la Ley Federal del Trabajo.
A la fecha, la Junta Federal no ha permitido un recuento para que la mayoría decida "libre y por voto secreto a qué sindicato pertenecer", dijeron los trabajadores, que recordaron que poner a trabajadores en "listas negras" está prohibido por el artículo 133, fracción IX de la propia ley federal.
Los trabajadores, agregaron, tienen una grabación de voz de lo que se hace ilegal la empresa coreana y sus abogados". En junio del año pasado, la empresa se dijo respetuosa de la autonomía sindican de sus trabajadores y afirmó que acata las disposiciones plasmadas en la Ley Federal del Trabajo.