Los habitantes lograron que un juez suspendiera temporalmente la decisión de Mendoza Davis La Paz, Baja California Sur.- El juez segundo de distrito de materia administrativa en la Ciudad de México, Germán Cruz Silva,
Los habitantes lograron que un juez suspendiera temporalmente la decisión de Mendoza DavisLa Paz, Baja California Sur.- El juez segundo de distrito de materia administrativa en la Ciudad de México, Germán Cruz Silva, autorizó y certificó la suspensión provisional de cualquier decisión del Gobernador de Baja California Sur respecto al presunto cierre de la Casa del Estudiante Sudcaliforniano en la capital del país, además de la ministración de la beca que es proporcionada para la manutención de 66 estudiantes de educación superior que ahí se alojan. Esto, debido a que los estudiantes manifestaron considerar esta decisión como “violatorios de los derechos humanos y sus garantías previstas” en la Constitución Política de los Estados Unidas Mexicanos, por lo que se tiene por cancelada la “emisión y ejecución verbal” para clausurar el inmueble, catalogado como de “alto riesgo” por el despacho Análisis y Diseño Estructural (Andes), contratado por la Secretaría de Educación Pública (SEP) estatal. Además, el documento indica que esta medida cautelar garantiza que las cosas “se mantengan en el estado en el que actualmente guardan, esto es, para que las autoridades responsables se abstengan de cerrar la “Casa del Estudiante Sudcaliforniano en México” y no desalojen a los quejosos de la citada casa”, explica el juez en la misiva oficial. Inclusive, el juez indica que esta decisión es efectiva para que dichos estudiantes se encuentren en la posibilidad de cumplir y satisfacer sus requerimientos alimentarios, médicos, de limpieza, y demás enseres necesarios para la subsistencia digna, lo cual implica también que el personal de cocina y limpieza, así como cualquiera que preste un servicio de forma regular a la casa, no sean cesados ni removidos a fin de mantener “las cosas en el estado que guardan”. Este acto reclamado, asegura el juez, es susceptible de ser suspendido, al satisfacer los requisitos del artículo 128 de la Ley de Amparo, que otorga derechos a la parte quejosa para solicitarla en función de que “no causa perjuicio al interés social, ni se contravienen disposiciones del orden público”; por otra parte, reitera que de ejecutarse dicho cierre, “se causarían daños y perjuicios de difícil reparación”. Dicho tribunal expresa haber tenido en cuenta el dictamen de la Dirección de Protección Civil de la delegación Iztapalapa, que la SEP de BCS desechara por ser una “observación ocular”; al respecto, el juez manifiesta haber recibido original de este documento, que manifiesta que la casa conserva estabilidad, considerada de un nivel riesgo bajo, es decir, en el que no corren riesgo la vida y seguridad de sus integrantes. Por último, el documento emitido por el juez dicta que esta medida cautelar surte efectos desde el pasado viernes 30 de septiembre, sin que esto suspenda cualquier facultad de las autoridades estatales para llevar a cabo el despliegue de todos los actos administrativos necesarios para rehabilitar el inmueble o para regular y hacer cumplir determinaciones referentes al régimen de disciplina y orden en la casa estudiantil.
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